El Protocolo de Respuesta a Emergencias o también conocido por sus siglas como PRE es un documento que busca hacer frente a las emergencias o situaciones de riesgo crítico con motivo del desarrollo de las actividades dentro del Sector Hidrocarburos. La particularidad de este documento es que se hace considerando los escenarios determinados en su análisis de riesgo, así como aquellos que se presenten por motivo de factores externos.
¿Cómo puedo saber si necesito hacer este trámite?
Es muy fácil saberlo, necesitarás hacer el trámite de tu PRE si las actividades que lleva a cabo tu empresa pertenecen al sector hidrocarburos, ya que este trámite aplica para el sector en general. Para solicitar y atender este requerimiento el 22 de marzo de 2019 la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ASEA) publicó en el Diario Oficial de la Federación las Disposiciones Administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos para la elaboración de los protocolos de respuesta a emergencias en las actividades del sector hidrocarburos.
Tales disposiciones tienen por objeto definir y establecer las medidas técnicas que las empresas reguladas deberán incluir en la formulación de los protocolos para hacer frente a las emergencias o situaciones de riesgo crítico en las actividades de la industria de hidrocarburos, estas entraron en vigor el 25 de marzo de 2019.
¿Qué es lo que contiene un PRE?
El PRE está conformado por 7 secciones las cuales son tendrán el contenido correcto para llevar a cabo la atención de cualquier emergencia, las secciones son:
¿Cómo se presenta el PRE?
El PRE deberá presentarse ante la ASEA con la solicitud para la autorización de su Sistema de Administración de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente (“SASISOPA”), anexando el Formato FF-ASEA-036 “Ingreso del Protocolo de Respuesta a Emergencias”.
¿Cuánto tiempo tengo para hacer el ingreso de mi PRE ante la autoridad?
Las empresas reguladas que previo a la Fecha de Entrada en Vigor de las Disposiciones ya cuenten con la autorización del SASISOPA, deberán actualizar su PRE de conformidad con las mismas, y presentarlo ante la ASEA en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir de la Fecha Entrada en Vigor.
Por su parte, aquellas que se encuentren realizando las actividades de expendio al público de gas natural, distribución y expendio al público de gas licuado de petróleo y de petrolíferos que no cuenten con la autorización del SASISOPA deberán actualizar el mecanismo para la atención de respuesta a emergencias en un plazo no mayor a 120 días naturales a partir de la Fecha de Entrada en Vigor.
¿El PRE deberá actualizarse?
Deberás llevar a cabo la actualización de tu PRE en cualquiera de estas situaciones:
El PRE ¿Tiene pago de derechos?
No, esta obligación no exige pago de derechos.
Es importante darle la prioridad que se merece a este trámite, dado que los accidentes en el sector hidrocarburos se encuentran latentes y pueden poner en riesgo la integridad no solo de las personas, también es posible causar daños a bienes y al medio ambiente, a través de las secciones que integra el PRE se busca que las empresas reguladas puedan prevenir y atender situaciones de emergencia de la mejor manera posible.
Ing. Blanca Ariadna Alvarado Cobián.
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