Reforma a la Ley de Hidrocarburos

En el año del 2012 se firmó el pacto por México, para que en el año siguiente entrara en vigor una reforma constitucional en materia energética con jurisdicción en todo el territorio nacional.

Al entrar en vigor la Reforma Energética se crearon leyes, normas, decretos y dependencias paraestatales en materia de hidrocarburos para poder regular sus permisos petrolíferos, tener un conocimiento de la competencia de los precios de los combustibles y sobre todo dar mayor autonomía y no privatizar a la para estatal PEMEX y contratar a particulares cuando así convenga al interés nacional.

El 11 de agosto del 2014 entró en vigor la Ley de Hidrocarburos, en marzo del 2021 el ejecutivo federal presentó una iniciativa al poder legislativo para reformar la Ley de Hidrocarburos y así asegurar una soberanía y seguridad energética. Con dicha propuesta fue aprobada en lo general en mayo, por las 2 cámaras, una de sus reformas es el artículo 57, así como de los artículos cuarto y sexto transitorios del decreto por el que se reformó la Ley de Hidrocarburos.

Tras la reforma de dicha ley se provee lo siguiente:

  • Fortalecer a PEMEX
  • “Negativa ficta” plantea, asimismo, que en el supuesto de no emitirse una resolución por parte de la SENER o de la CRE
  • Facultar a la Secretaria de Energía (SENER) y a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para revocar permisos, cuando los titulares de los mismos cometan el delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos
  • Evitar el huachicol.

Los riesgos de esta nueva reforma son los siguientes:

  • Dificulta y alega las inversiones de los privados
  • PEMEX tiene recursos limitados para abastecer de gasolinas y diésel a las 13 mil 282 estaciones de servicio que hay en todo el territorio nacional.
  • Generar muchos procesos jurídicos en su caso amparos.

Los afectados

  • Empresas obligadas a renegociar sus concesiones.
  • Los consumidores

Lic. Giovanny de Jesús Orozco García.

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